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Corte confirma fallo contra el CNCA del Maule por homofobia laboral

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El Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA) apeló sin éxito a una sentencia que le exigió medidas antidiscriminatorias tras acosos a una funcionaria sólo por ser lesbiana.

 

La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Talca confirmó hoy una sentencia que había condenado al Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA) por acosos laborales homofóbicos contra la abogada Lorena Rivera Arriagada, quien había sido despedida en razón de su orientación sexual el 23 de abril del 2016, informó el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)

Los magistrados de la Corte de Apelaciones de Talca, Olga Morales y Ricardo Riquelme, así como la fiscal judicial Jeannette Valdés, rechazaron así un recurso de nulidad presentado por la CNCA contra el fallo dictado el 15 de diciembre del 2016 por el juez del Juzgado de Letras del Trabajo, Jaime Cruces.

“Fui víctima de hostigamiento constante de toda naturaleza, y por más de tres años, en específico por discriminación basada en la orientación sexual. Eso es lo que se comprobó en este juicio. Lo valorable en este caso es que la sentencia de la Corte confirmó que en mi caso existió vulneración de derechos”, dijo Rivera Arriagada.

En tanto, el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, felicitó “a Lorena por su perseverancia para alcanzar justicia frente a hechos injustos y abusivos que tienen como responsable a la Dirección Regional del CNCA en Maule. Corresponde ahora es que el CNCA pida disculpas públicas”.

Jiménez añadió que “cuando una institución no acata un fallo de primera instancia y persiste en ocultar una discriminación evidente, comete una doble falta y abuso, lo cual no está a la altura del servicio público. Aquí se requiere un mea culpa”.

En su recurso, el CNCA sostuvo que el fallo del juez Cruces debía anularse porque la demanda de tutela laboral se había presentando fuera de plazo, pues la afectada no habría denunciado los atropellos 60 días después de que ocurrieron, entre el 2014 y febrero del 2016.

También el CNCA dijo que la trabajadora no aportó pruebas respecto a que su despido, ocurrido en abril del 2016, obedeciese a discriminación y/o vulneración de derechos fundamentales.

La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Talca rechazó de plano tales argumentaciones del CNCA, dando la razón a Rivera Arriagada.

“Entre la fecha de término de la relación laboral, el 26 de abril de 2016 y la de presentación de la demanda de tutela, el 23 de junio de 2016, no había transcurrido el término legal”, por tanto, “es menester concluir que la norma en comento fue correctamente interpretada y aplicada por el tribunal” de primera instancia, señaló la Corte

Por último, detalló que todas las pruebas demostraban la existencia de discriminación y abusos contra Rivera Arriagada, así como la indiferencia de la directora regional del CNCA frente a los atropellos, en tanto nada hizo para prevenirlos.

Como consecuencia, el CNCA deberá pagar $ 13.920.048 por vulneración a la integridad psíquica y al derecho a la honra de la trabajadora, más $8.506.696 por término de contrato injustificado, $55.555 por feriado legal y $2.000.000 por las costas de la causa. A eso se suman $500.000 por los gastos en que se incurrió con la apelación

 

El CNCA, a través de su sede en el Maule, deberá además publicar en un medio de circulación regional y en un mural que vulneró la honra e integridad de la trabajadora, así como “capacitar a todos los funcionarios (…) en Derechos Fundamentales dentro de la Empresa y el sector Público, con un curso de a lo menos 12 horas pedagógicas, dictadas, a costa de la denunciada, por una universidad acreditada”

 

El caso

Rivera Arriagada había ingresado el 3 de diciembre del 2012 al CNCA, donde prestó servidos de asesoría legal.

Desde el 2014 la trabajadora comenzó a ser víctima de rumores sobre su tendencia política y orientación sexual e identificó como responsables de los abusos a la Coordinadora de Ciudadanía Cultural del CNCA ,María Carolina Sepúlveda Olave, y a la directora regional del CNCA, Mariana Elisa Deisler Coll.

La primera tejió redes para que la trabajadora fuera despedida por su orientación sexual y por supuestamente ser parte de la oposición al gobierno, mientras la segunda nada hizo contra los acosos y en otras ocasiones los validó.

Los rumores sobre la orientación sexual de Rivera Arriagada iniciaron luego e conocerse que era pareja de otra mujer. La discriminación se tradujo en calificar a su relación como “conducta inadecuada” y en la continua expresión de chistes. A la par, Sepúlveda Olave exigió en reiteradas ocasiones a la trabajadora, en especial durante el 2015, que reconociera su orientación sexual.

En tanto, en diciembre de 2015, fue la propia directora regional del CNCA, la que llamó a la pareja de la denunciante “para informarle que debía solucionar un problema generado por una lesbiana y su pareja, pues por culpa de esas desviadas se había provocado” un conflicto . En el mismo mes, el chofer de la directora, Héctor Cornejo, exigió a la pareja de la víctima “que confesara de una vez que se come a la abogada”

Finalmente, en febrero de 2016, Sepúlveda Olave, nuevamente le dijo a la pareja de la abogada que sabía que era lesbiana.

“La incertidumbre y el progresivo aumento de los actos de acoso generaron” en la trabajadora “un cuadro de estrés hasta convertirse en una depresión severa, encontrándose en tratamiento psicológico, psiquiátrico y farmacológico consistente en 20 mg de vartioxetina diarios además de Tramadol y clonazepam” iniciando su reposo en enero del 2016, tras lo cual vinieron diversas licencias médicas, hasta ser despedida en abril, se indica en el fallo.

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