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Senado excluye a estudiantes LGBTIQ+ y otros grupos vulnerables de la Ley de Convivencia Escolar

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Por 14 votos en contra, todos los de la derecha, y 14 a favor, se excluyó del proyecto de ley un artículo que garantizaba la no discriminación por etnia, nacionalidad, orientación sexual, identidad de género, entre otras categorías. El Movilh lamentó la señal y espera revertirla en Cámara

El senado rechazó hoy en segundo trámite mencionar expresamente a las categorías protegidas de la exclusión en el “Proyecto de ley sobre convivencia, buen trato y bienestar de las comunidades educativas, con el objetivo de prevenir y erradicar el acoso escolar, la discriminación y todo tipo de violencia en los establecimientos educacionales”, lo cual fue lamentado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

El Movilh sostuvo que  “cuando un grupo social no se menciona expresamente en la ley, puede no existir a los ojos de tribunales, como ha ocurrido en varias ocasiones. Esta situación es grave, porque se trata del derecho a la no discriminación que deben tener todos los estudiantes. Estamos convencidos de que tras este injustificado rechazo hay intereses ideológicos que buscan negar la mención y protección en leyes de los sectores históricamente vulnerables”.

“Esperamos que lo ocurrido hoy sea revertido en la Cámara”, finalizó el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, tras asistir hoy al Senado para monitorear el proceso junto a la Fundación Iguales.

En concreto el Senado eliminó del  proyecto de ley un artículo que establecía como derechos de lo estudiantes  “que se respete y reconozca su libertad personal, religiosa y de conciencia; y no se incurra en actos de discriminación arbitraria en su contra, especialmente, en razón de las categorías señaladas en el artículo 8° de la ley N° 21.430, sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia, esto es, raza, etnia, nacionalidad, cultura, estatus migratorio, carácter de refugiado o asilado, idioma, opinión política o ideología, afiliación o asociación, religión o creencia, situación de discapacidad o socioeconómica, de maternidad o paternidad, nacimiento, sexo, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales, estado civil, edad, filiación, apariencia personal, diferencias que el niño, niña o adolescente tenga o haya tenido a causa de su desarrollo intrauterino, salud, estar o haber sido imputado, acusado o condenado por aplicación de la ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal, o en razón de cualquier otra condición, actividad o estatus suyo o de sus padres y/o madres, familia, representantes legales o de quienes lo tengan legalmente a su cuidado”.

Votaron en contra los/as senadores/as UDI  Luz Eliana Ebensperger Orrego, José Miguel Durana Semir, Javier Macaya Danús, Iván Moreira Barros, Gustavo Sanhueza Dueñas, David Sandoval Plaza, los RN, Francisco Chahuán Chahuán, Carlos Kuschel Silva y Rafael Prohens Espinosa; el PSC, Rojo Edwars Silva; la republicana Carmen Gloria Aravana y los independientes Alejandro Kusanovic Glusevic, Kenneth Pugh Olavarría (IND-RN) y Juan Castro Prieto.

Se pronunciaron a favor  senadores/as PC Claudia Pascual Grau y Daniel Núñez Arancibia; los/as demócratas Matías Walker Prieto y Ximena Rincón González; los PS, Fidel Espinoza Sandoval,  Gastón Saavedra Chandía,  José Miguel Insulza Salinas y  Tomás de Rementería Venegas, así como Yasna Provoste Campillay (DC), Juan Ignacio Latorre Riveros (FA), Felipe Kast Sommerhoff (Evópoli), Esteban Velásquez Núñez (PRVS) y los/as independientes Alejandra Sepúlveda Orbenes y Karim Bianchi Retamales

Otros contenidos del proyecto

En otros artículos el proyecto de ley establece que  “es deber del Estado promover la buena convivencia, el buen trato y la no discriminación arbitraria, así como proponer medidas y orientaciones para la erradicación de todos los tipos de acoso, violencia y actos de discriminación entre los integrantes de las comunidades educativas”.

Para tales efectos, el Estado elaborará una “Política Nacional de Convivencia Educativa, cuya “coordinación, eficacia y eficiencia” se establecerá en un Plan de Acción Nacional a cargo del Ministerio de Educación.

A su vez, “los establecimientos educacionales deberán contar con un Plan de Gestión de Convivencia Educativa que considere los lineamientos de la Política Nacional de Convivencia Educativa”, así deberán implementar reglamentos y protocolos que garanticen la no discriminación y la prevención de la violencia.

Además,  añade el proyecto, “en cada establecimiento educacional deberá existir un Consejo Escolar, que tendrá el objetivo de estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa en el proyecto educativo, promover la buena convivencia y el buen trato, y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos”

En paralelo, se encarga a la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, la creación de un “Programa de Bienestar Socioemocional Escolar (…) cuyo objeto será fomentar y promover el desarrollo de habilidades socioemocionales en los estudiantes que cursen desde tercero básico hasta tercero medio en los establecimientos educacionales dependientes de sostenedores que perciban subvenciones del Estado”.

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