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Comienza la elaboración del reglamento para acompañar a  niños, niñas y adolescentes trans

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El Movilh propuso diversas medidas en reunión con el Gobierno y la sociedad civil donde se trató el reglamento de la Ley de Identidad de Género.


El Gobierno de Chile inició ayer las conversaciones con movimientos LGBTI para la redacción del Reglamento de la Ley de Identidad de Género que regulará el acompañamiento a niños, niñas y adolescentes trans y sus familiares

El artículo 23 de la ley 21.220 sobre la Ley de Identidad de Género establece la generación de un programa de acompañamiento profesional para niñas, niños y adolescentes trans que incluye asesoramiento psicológico y biopsicosocial  para garantizar el desarrollo integral de la personalidad de acuerdo con el sexo con que se identifican las personas.

El programa, de acuerdo a la ley,  debe ser diseñado por el Ministerio de Desarrollo Social, en colaboración con el Ministerio de Salud, así como ejecutado por personas jurídicas sin fines de lucro con acreditación vigente ante el Ejecutivo.

En la cita en el Ministerio de Desarrollo Social estuvieron las subsecretarias de la Niñez, Carol Bown, y de Derechos Humanos, Lorena Recabarren, así como la Fundación Iguales, OTD, Fundación Selenna, el Sindicato Amanda Jofré y el Movilh.

En la ocasión el Movilh entregó los resultados de la Encuesta Identidad, según la cual el 59,17% de la población tiene conciencia de su transexualidad antes de los 10 años y el 25,9% entre los 11 y 15 años.

Además el 52.1% dice que se ha hecho daño a sí mismo/a. El auto-daño se expresó en “cortes en zonas de mi cuerpo” (45.6%), intento de suicidio (35%), no comer (29.3%), formas inseguras de expresar el género, como vendajes restrictivos (25.9%) y consumo abusivo de drogas (24%).

El 46.7% se infligió por primera vez algún tipo de daño entre los 11 y 15 años, el 7% entre los 5 y 10 años; el 15% entre los 16 y 20 años y el 3% entre los 21 y 30 años, arrojó el sondeó que el año pasado el Movih aplicó a 326 personas.

En tal sentido, el Movilh propuso que:

1.- La Mesa Técnica Gubernamental que elaborará el Plan de Acompañamiento cuente con la participación de la sociedad civil

2.- La orientación profesional sea entregada por personas o instituciones con experiencias en temáticas de identidad de género y expresión de género y cuyas fuentes sean reconocidas por la OMS, la Asociación Americana de Pediatría o el Protocolo Nacional Trans.

3.- La experiencia puede ser confirmada a través de un informe efectuado por la misma persona o institución donde se relate su trabajo en materia de identidad de género y, muy especialmente, su experiencia en el campo de asesorías u orientaciones a personas trans.

4.- En ningún caso debe asumirse a la identidad o la expresión de género como trastorno, enfermedad o patología o como una realidad transitoria que sería mejor cambiar o modificar.

5.- El acompañamiento puede entregarse a petición de niños, niñas, adolescentes y/o sus familiares.

6.- El acompañamiento siempre procurará involucrar a todo el entorno familiar.

7.- En todo momento se debe respetar y aceptar la identidad de género expresada por el niño, niña o adolescente.

8.- El acompañamiento debe comprender que en la expresión de la identidad de género hay personas que se identifican con el sexo femenino o masculino, así como quienes son no binarias.

9.- El niño, niña, adolescente y su familia deben ser orientado sobre todo el proceso de la transición que involucra orientación psicológica, hormonización y cirugías, siendo estas dos últimas solo para mayores de 18 años y solo para las personas que la requieran. Jamás estas intervenciones deben pensarse o proyectarse como obligatorias.

10.- El programa a diseñar por el Gobierno, debe ser presentando antes de su publicación a la sociedad civil, para en conjunto evaluarlo y prevenir que tenga imperfecciones o errores.


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