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Delirante: TC acoge a tramitación recurso que busca declarar inconstitucional la Convención de los Derechos del Niño

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En el recurso también se busca declarar inconstitucional la ley crea la Junji, todo con el fin de impedir la distribución de “Nicolás tiene dos papás” en Chile. En tanto, hoy tuvieron lugar los alegatos por el libro infantil en la Corte de Apelaciones de Valparaíso, donde fueron presentados otros dos acciones homofóbicas.

 

En la Corte de Apelaciones de Valparaíso tuvieron hoy lugar los alegatos por “Nicolás tiene dos papás”, luego de que se presentaran dos recursos contra el cuento, mientras que el Tribunal Constitucional acogió a tramitación una nueva acción para impedir la distribución del libro, informó el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

“Sólo en Chile un libro infantil sobre homoparentalidad debe ser analizado y autorizado por tribunales. Lo sucedido hoy en la Corte de Apelaciones de Valparaíso y el anuncio del Tribunal Constitucional de que ha acogido a tramitación otro requerimiento contra el libro, ambos hechos inéditos en el mundo, demuestran lo absurdo, grave y enfermizo de la homofobia en Chile”, sostuvo el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

 

Alegatos en Valparaíso

Los alegatos de hoy en la Corte de Apelaciones de Valparaíso tuvieron lugar en una sala presidida por la jueza Inés Letelier Ferrada e integrada por los jueces Teresa Figueroa y Carlos Fuentes.

En la ocasión alegaron los abogados de Comunidad y Justicia y de iglesias evangélicas, quienes representan Igor Aros y Gabriella Quezada, quienes el año pasado presentaron dos recursos contra el libro para impedir su distribución.

En tanto, el abogado Jaime Silva representó al Movilh y la jurista Renata Silva a la Junji, organismo gubernamental que patrocina el cuento al igual que Colegio de Educadores de Párvulos, la Dibam, el Departamento de Psicología y la Carrera de Educación Parvularia y Básica Inicial de la Universidad de Chile.

En la ocasión los opositores al cuento defendieron su recurso, el cual indica que la lectura del libro es “propio de las autocracias totalitarias”, así como una “inadmisible intromisión en el desarrollo psicosocial” de los niños/as pues se afecta “estándares morales y la integridad psíquica”.

En tanto Silva enfatizó que el libro promueve el respeto a la diversidad familiar y alegó que el recurso sólo es motivado por la homofobia, además de defender la libertad de conciencia de los niños y niñas.

“La conciencia del padre es distinta a la de su hijo y, por consiguiente, la libertad de conciencia del menor implica también el derecho a su libre formación y, consecuencialmente, al libre desarrollo de su personalidad. Esto exige un modelo educacional y un contexto formativo que eduque en el respeto a los derechos humanos y principios y valores democráticos”, dijo Silva.

Por último, la abogada de la Junji descartó la plano la versión de los recurrentes en orden a que el libro fuese impuesto, pues “cada familia y cada jardín decide en forma libre y autónoma si usarlo o no”.

Para los próximos días se espera que la Corte de Apelaciones dicte sentencia y se pronuncie no sólo sobre el libro, sino también sobre los derechos de las familias homoparentales.

 

Insólito requerimiento ante el TC

El Movilh informó además hoy que el TC acogió a tramitación un requerimiento presentado por los evangélicos Flavio Hernández y Pedro Carvajal a propósito del patrocinio dado por la Junji a “Nicolás tiene dos papás.

“Se trata de un requerimiento odioso y absurdo, pues busca que se declare inconstitucionales la ley que crea la Junji, así como la Convención Internacional de los Derechos del Niño. Esto es delirante y nos preocupa profundamente que el TC ceda a la ideologías religiosas, en vez de hacer su trabajo”, indicó Jiménez.

En efecto, en el requerimiento de inaplicabilidad se impugna el artículo 1° de la Ley N° 17.301, que crea la Junta Nacional de Jardines Infantiles, el cual establece la fundación de dicho organismo y le permite impartir educación parvularia

También se impugna el artículo 14, párrafo 3, de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, promulgada en 1990 por Chile, donde se establece que “la libertad de profesar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la moral o la salud públicos o los derechos y libertades fundamentales de los demás”.

“En síntesis se busca limitar los derechos de los niños para defender morales o religiones autoritarias, así como casi eliminar a la Junji de nuestro país, sólo porque se ha publicado un libro infantil sobre familias homoparentales. La sola admisión a trámite de este recurso es una vergüenza internacional en materia de derechos humanos”, puntualizó Jiménez.

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