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Tribunal Constitucional rechaza por segunda vez requerimiento contra Ley Antidiscriminación

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Señaló que el texto presentado por 45 diputados, la mayoría de la UDI, no es claro, ni coherente, ni lógico. El Movilh aplaudió la resolución calificándola como “una doble y humillante derrota en tiempo récord de los sectores homofóbicos  y transfóbicos, que ahora han visto que sus argumentos de forma y de fondo para oponerse a la ley han perdido. Se han agotado”.

El Tribunal Constitucional (TC) rechazó por segunda vez, en esta oportunidad por 6 votos contra 4,  un requerimiento presentado por 33 parlamentarios UDI, 9  RN, dos independientes y un DC, quienes alegan que el artículo 2 del Proyecto de Ley que Establece Medidas Contra la Discriminación, donde se hace referencia a las minorías sexuales y otros sectores sociales, es contrario a la Carta Magna.

“Estamos tremendamente satisfechos con esta resolución del TC, que en  menos de 10 días viene a decir una vez a parlamentarios que se oponen a la igualdad, que sus intentos por declarar inconstitucional una ley que beneficia a la mayoría del país no tienen ningún sustento jurídico”, sostuvo el Movilh.

Añadió que “esta resolución constituye una doble y humillante derrota en tiempo récord para los sectores homofóbicos  y transfóbicos, que ahora esperamos desistan de una vez de sus acciones contra la ley antidiscriminación. Ya no les quedan argumentos  ni formales, ni de fondo para oponerse a esta norma. Los agotaron y perdieron todos ante el TC y deben asumir ello”.

En efecto, el pasado 13 de enero los parlamentarios insistieron con el requerimiento, subsanando un error formal, cual fue el no haber anexado a su texto una copia del Proyecto de Ley que establece Medidas contra la Discriminación.

Pese al cumplimiento de este requisito formal, el TC concluyó hoy que el requerimiento carece de una “exposición clara de los hechos y de los fundamentos de derecho que le sirven de apoyo”, además de estar falto de detalles y argumentaciones sobre  “los vicios de inconstitucionalidad”que se alegan.

En otros de los párrafos de su resolución, el TC explicó que lo anterior se debe a que en el requerimiento “no se explicitan las consideraciones que transforman en una reforma constitucional el precepto legal que se impugna, a la vez que no resulta lógico que en subsidio se solicite su carácter de norma interpretativa”.

En ese sentido, el Tribunal insistió en lo dicho en el primer rechazo del requerimiento, cuando sostuvo que es contradictorio afirmar que una determinada ley reforma y al mismo tiempo interpreta la Carta Magna, pues sólo puede ocurrir uno de esos procesos a la vez.

“No resulta coherente ni lógico con la naturaleza de un requerimiento de constitucionalidad de una ley que se formulen, en los términos planteados, dos peticiones tan contradictorias”, redondeó el TC, junto con afirmar que tampoco el requerimiento demuestra que el artículo 2 de la ley contra la discriminación sea contrario a la Carta Magna.

Por tanto, se resolvió que “no se acoge a tramitación el requerimiento deducido. Téngase por no presentado para todos los efectos legales”.

Votaron en contra de esta resolución el presidente del TC, Raúl Bertelsen Repetto y los ministros Marisol Peña Torres, Marcelo Venegas e Iván Aróstica. A favor lo hicieron  los ministros Hernán Vodanovic, Enrique Navarro, Francisco Fernández, Carlos Carmona, José Antonio Viera Gallo,  Gonzalo García.

VIDEO: Minorías sexuales, mujeres, judíos y personas con discapacidad protestan contra la UDI por su rechazo a la ley contra la discriminación:

RESOLUCION COMPLETA DEL TC

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