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Sigue la discriminación en el Poder Judicial: tribunal se niega a condenar por transfobia al asesino de una adulta mayor de Cartagena

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Solo porque Claudia Díaz Pérez (74) no había rectificado su partida de nacimiento se consideró que el delito no se relacionaba con su género. Es el segundo fallo del Poder Judicial de características similares en menos de una semana. El Movilh acusó “insensibilidad y transfobia en el Poder Judicial y una escalada de odiosidad contra personas LGBTIQ+ en la Defensoría Penal Pública”.

Los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de San Antonio, Mauricio Aguilar, Edgardo Castro y Sergio Rojas, se negaron a condenar por el delito motivado por el género al asesino de la peluquera y adulta mayor Claudia Díaz Pérez (74), señalando que la víctima no podía considerarse como mujer ya que no había rectificado su partida de nacimiento, razonamiento que fue repudiado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)

Desatendiendo la petición de la fiscalía de condenar al homicida, J.A.R.P (40) por el delito motivado por el género el tribunal decidió ayer solo aplicar sanciones por homicidio simple, descartando además que la víctima fuese asesinada por su identidad de género, aún cuando testigos fueron claros en relatar que el delincuente se jactó de haberle “pegado a un maricón”.

“La ley exige el cambio registral de la persona transgénero para considerarla del sujeto pasivo del delito de femicidio”, señaló el Tribunal.

Sin embargo, replicó el encargado de derechos humanos del Movilh, Ramón Gómez, “no existe ley alguna que exija ello. Es más la ley de identidad de género afirma que la identidad de género está definida por como las personas se autodefinen, al margen de lo indicado en su identificación legal. La ley 21.212 en clara en señalar que «el hombre que matare a una mujer en razón de su género será sancionado con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo». Este es el segundo pronunciamiento de tribunales que incurre en discriminación en menos de una semana, pues días tras en Iquique se anuló una condena por femicidio contra el asesino de la dirigente trans, Yuridia Pizarro”.

“Esto nos lleva a concluir la existencia de insensibilidad y transfobia en el Poder Judicial y de una escalada de odiosidad contra personas LGBTI en la Defensoría Penal Pública, pues esta última entidad ha llegado más lejos que los tribunales en su desprecio a la diversidad sexual y de género, llegando al extremo de decir que la calidad de mujer solo se define biológicamente”, apuntó Gómez.

En efecto, la defensa de J.A.R.P, representada por la abogada Fernanda Molina  “apunta a que los hechos no son constitutivos de femicidio, sino que de un homicidio simple, por cuanto el concepto de mujer se debe determinar desde lo biológico y no desde lo identitario”, se lee en el expediente. Sin embargo, el tribunal  desestimó parcialmente esa hipótesis, al sostener que la calidad  de mujer también se determina por “la expresión de género”.

El Movilh replicó que “aquí el Tribunal Oral en lo Penal de San Antonio entró en abierta contradicción, pues si concluye que la calidad de hombre o mujer puede ser determinada por lo biológico o la expresión de género, no se entiende como condiciona la aplicación de sanciones contra el delito motivado por el género a  la rectificación de la partida de nacimiento. La ignorancia y brutalidad para abordar la identidad de género es alarmante”.

El 10 de diciembre del 2022 J.A.R.P (40) asesinó a Claudia Díaz en su domicilio, ubicado en la calle Mariano Casanova de Cartagena. La golpeó con sus puños, provocándole una fractura malar izquierda y una herida cortopunzante en la cabeza además de proceder a “estrangularla con sus manos hasta causarle asfixia y un traumatismo cráneo facial”, se lee en el fallo. Junto a ello, le robó un parlante, un computador y un carro de feria

“Estamos consternados/as por lo que está ocurriendo en el Poder Judicial, pues a todas luces están retrocediendo en el respeto a los derechos humanos de las personas LGBTIQ+. En diversas ocasiones las cortes, incluida la Suprema, han condenado a instituciones o personas por no respetar la identidad y expresión de género de las personas trans, hubiesen o no rectificado su partida de nacimiento, por lo que lo ocurrido  este mes es un retroceso alarmante que nos recuerda los días más homo/transfóbicos del Poder Judicial, aquellos de los años 90 que pensábamos habían quedado en el pasado”, finalizó el Movilh.

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