El Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso estableció que la periodista Sol Millakura; quien murió por suicidio en noviembre pasado; vio vulnerados sus derechos laborales cuando la Seremi de Salud se negó a actualizar sus datos para reconocer su nombre social.
El Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso estableció que la periodista Sol Millakura Hernández Márquez sufrió vulneración de derechos ante la excesiva demora de la Seremi de Salud de Valparaíso para actualizar su nombre social, señalando que ello afectó la integridad psíquica de la trabajadora.
“Se tuvo por acreditada la vulneración de la garantía consagrada en el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República, en razón de la falla estatal en el reconocimiento oportuno y estable del nombre social y, luego, del nombre y sexo registrales de la parte demandante, es decir exclusivamente a la afectación de su integridad psíquica derivada de la deficiente e inoportuna respuesta institucional ya razonada”, hechos que tiene que ver con el reconocimiento de la identificación de nombre registral de Sol, señaló el fallo.
La sentencia añadió que al interior de la Seremi de Salud se registró una “falta de un decurso expedito para que el nombre social de la demandante fuera empleado de inmediato en el trato cotidiano y en las comunicaciones institucionales que no requieren de rectificación de partida alguna, tales como correos, encuestas, citaciones, documentos de gestión interna, cuestión que no depende de trámite legal previo, una vez presentada la rectificación de partida en febrero de 2025, la corrección no se produjo de manera oportuna ni completa a los demás sistemas que legítimamente dependen de ella, ni menos expedita, quedando el campo género sin implementar durante el resto de la vigencia del vínculo y replicándose el nombre anterior en comunicaciones automatizadas ajenas a la gestión directa de la Seremi”.
En tal sentido, el tribunal ordenó al Fisco pagar $14.313.879 a su familia y dispuso que el Ministerio de Salud elabore un protocolo aplicable a todas las Seremi del país. Esto, para garantizar el uso inmediato del nombre social cuando una persona trans o no binaria lo solicite, estableciendo plazos para actualizar los antecedentes en los sistemas institucionales.
Sol Millakura había sido desvinculada el 7 de marzo de 2025 de la Seremi de Salud de Valparaíso, entonces dirigida por Lorena Cofré (FA), luego de denunciar, entre otros abusos, que la institución se negaba sistemáticamente a actualizar sus registros internos de acuerdo con su nombre e identidad de género. El 11 de noviembre del mismo año la periodista murió por suicidio.
El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) valoró la sentencia, señalando que si “bien no fue acogida en su totalidad, constituye un claro reconocimiento judicial de la vulneración de derechos que enfrentó Sol Millakura en su calidad de persona trans y no binaria” .
“Negarse a reconocer el nombre de la trabajadora durante largo tiempo constituye transfobia, es decir un acto de discriminación en razón de la identidad y expresión de género. La demora en este caso solo constituye vulneración de derechos porque afectó el reconocimiento de la identidad de a una persona trans y no binaria”, consideró la organización.
El fallo en cuestión no establece que la vulneración acreditada haya sido causa de la muerte de la trabajadora, ni atribuye responsabilidad personal por esa situación a la exseremi Lorena Cofré. Sin embargo, sí determina que la Seremi de Salud no respetó su nombre mientras estaba bajo la dirección de Jofré.
En ese sentido, la sentencia judicial contrasta con la decisión adoptada en julio pasado por el Tribunal Regional del Frente Amplio, que absolvió a la exseremi de la denuncia presentada en su contra por militantes del partido a raíz de este caso, al considerar que no se había acreditado la existencia de discriminación, obviando la vulneración de derechos en que se incurrió al desconocer su identidad y expresión de género.
Junto con esperar que el Minsal cumpla en breve con lo ordenado por el Juzgado, el Movilh exigió al Frente Amplio revisar la decisión adoptada por su Tribunal Regional, haciéndose cargo de la vulneración de derechos acreditada por la justicia y que sufrió la periodista solo porque no se respetó su identidad.
Otros antecedentes del caso.
El 23 de abril del 2026 el Juzgado de Garantía de Valparaíso había decretado el sobreseimiento de dirigentes gremiales de una querella por injurias que había interpuesto en marzo la exseremi de Salud, tras lo cual Cofré elevó un recurso de apelación ante el Juzgado de Garantía de Valparaíso.
La exSeremi de Salud se había querellado el 3 de marzo del 2026 contra miembros de la Directiva Regional de la Federación de Asociaciones de Salud Pública (FEDASAP) por “menoscabó su honor y crédito”.
Lo anterior luego de que el 17 de noviembre del 2025 la FEDASAP enviara un escrito a la entonces ministra de Salud, Ximena Aguilera, donde sindicaron a Cofré como la responsable de un “ambiente laboral tóxico e insostenible” y de tener “denuncias de discriminación por identidad de género, hostigamiento laboral y persecución política”.
A su vez, la Asociación de Funcionarios y Funcionarias (Afas Fenats) había remitido el 18 de noviembre del 2025 un oficio a la entonces ministra, solicitando la salida de cuatro jefaturas: la seremi de Salud la encargada de Comunicaciones, la jefa de Administración y Finanzas y la responsable de la Unidad de Desarrollo de Personas.
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