{"id":767,"date":"2003-08-14T11:22:01","date_gmt":"2003-08-14T14:22:01","guid":{"rendered":"https:\/\/www.movilh.cl\/opusgay\/?p=767"},"modified":"2025-08-14T16:43:07","modified_gmt":"2025-08-14T19:43:07","slug":"un-proyecto-de-ley-anti-discriminacion-para-chile","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.movilh.cl\/opusgay\/un-proyecto-de-ley-anti-discriminacion-para-chile\/","title":{"rendered":"UN PROYECTO DE LEY ANTI-DISCRIMINACION PARA CHILE"},"content":{"rendered":"<p>&#8220;Este proyecto de ley tipifica las denominadas \u00b4pr\u00e1cticas discriminatorias\u00b4 como todos aquellos hechos reiterados durante un cierto tiempo y ejecutados de un modo uniforme en todo el territorio nacional&#8221;.<!--more--><\/p>\n<p class=\"NormalP\"><strong>*Por Mar\u00eda Soledad Cisternas<\/strong><\/p>\n<p><a class=\"NormalPLINK\" href=\"https:\/\/web.archive.org\/web\/20031221010259\/http:\/\/www.opusgay.cl\/1315\/articles-36084_maria_soledad.jpeg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/web.archive.org\/web\/20031221010259im_\/http:\/\/www.opusgay.cl\/1315\/articles-36084_maria_soledad.jpeg\" alt=\"\" width=\"200\" height=\"300\" name=\"maria_soledad\" align=\"\" border=\"0\" hspace=\"0\" vspace=\"0\" \/><\/a><\/p>\n<p class=\"NormalP\"><strong><em>14 de agosto, 2003 (OpusGay).-<\/em><\/strong>\u00a0Durante el 2000 inici\u00f3 el trabajo del &#8220;Foro por la No Discriminaci\u00f3n&#8221; organizado por el Programa de Acciones de Inter\u00e9s P\u00fablico de la Facultad de Derecho, Universidad Diego Portales, el cual peri\u00f3dicamente fue dando cuenta de diversas tem\u00e1ticas directamente vinculadas a ese t\u00f3pico. En tal contexto se analizaron, a trav\u00e9s de previos trabajos de investigaci\u00f3n, los diversos contenidos relacionados a colectivos vulnerables y particularmente los derechos diferenciados en raz\u00f3n de los grupos.<\/p>\n<p class=\"NormalP\">Con el tiempo los participantes del Foro, tanto acad\u00e9micos como miembros de la Sociedad Civil, fueron adquiriendo la convicci\u00f3n acerca de la necesidad de trabajar acciones concretas en materia antidiscriminatoria dentro de la esfera legal.<\/p>\n<p class=\"NormalP\">El resultado de lo anterior es un &#8220;Ante-proyecto de Ley&#8221; que establece normas destinadas a fortalecer el derecho a la igualdad y la erradicaci\u00f3n de toda forma de discriminaci\u00f3n contra las personas, el cual ha sido elaborado desde el a\u00f1o 2002 a la fecha por un grupo interdisciplinario e intersectorial, teniendo una estrecha retroalimentaci\u00f3n por parte de representantes de diversas colectividades que conforman el abanico de la multiculturalidad en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n<h2 class=\"NormalH2\">Contenidos principales del proyecto<\/h2>\n<p class=\"NormalP\">El an\u00e1lisis y sistematizaci\u00f3n del mencionado anteproyecto ha tenido como base las siguientes ideas matrices:<\/p>\n<p class=\"NormalP\">1.- Explicitar la necesidad de una legislaci\u00f3n espec\u00edfica antidiscriminaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"NormalP\">2.- Legislaci\u00f3n que consagre como pol\u00edtica de Estado la valoraci\u00f3n de la diversidad y no discriminaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"NormalP\">3.- Esta pol\u00edtica de Estado deber\u00e1 ser: Proactiva (deber del Estado no solo del individuo), General (respecto de diversas conductas discriminatorias), Integral (con el objeto de respetar, promover y garantizar derechos), y Participativa (desde la \u00f3ptica de la Sociedad Civil).<\/p>\n<p class=\"NormalP\">En el marco sancionatorio se prefiri\u00f3 optar por una f\u00f3rmula que privilegie la reparaci\u00f3n civil del da\u00f1o material y moral, dejando la condena penal para las conductas m\u00e1s graves y socialmente da\u00f1osas.<\/p>\n<p class=\"NormalP\">Adem\u00e1s se aplicaron criterios homologadores y adecuadores a la normativa internacional, en cuanto a sus aspectos sustantivos, alcances y lenguaje t\u00e9cnico utilizado.<\/p>\n<p class=\"NormalP\">Entre diversos aspectos novedosos de esta propuesta normativa cabe destacar la creaci\u00f3n de una institucionalidad espec\u00edfica, cual es la\u00a0<strong>Comisi\u00f3n Nacional por la Igualdad y la Integraci\u00f3n Social<\/strong>\u00a0como un servicio p\u00fablico descentralizado y regionalmente desconcentrado, con personalidad jur\u00eddica y patrimonio propio, el que tendr\u00e1 como finalidad velar por la plena vigencia de las normas de la ley y por la adecuada ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas antidiscriminatorias.<\/p>\n<p class=\"NormalP\">Dicha Comisi\u00f3n estar\u00e1 integrada por un Consejo de Ministros, El Consejo Nacional por la Diversidad y la Integraci\u00f3n Social, La Direcci\u00f3n Nacional, Las Direcciones Regionales, Los Consejos Regionales de la Diversidad Social y El Fondo Nacional para la promoci\u00f3n de la Igualdad y la Integraci\u00f3n Social.<\/p>\n<p class=\"NormalP\">Otro aspecto relevante lo constituye la creaci\u00f3n de las Comisiones Preventivas Antidiscriminatorias Regionales, la Comisi\u00f3n Resolutiva Antidiscriminatoria y la Fiscal\u00eda Antidiscriminatoria a nivel nacional y regional.<\/p>\n<p class=\"NormalP\">A estos organismos se les asignan competencias espec\u00edficas en la materia, vincul\u00e1ndose entre s\u00ed en el ejercicio de sus funciones y defini\u00e9ndose procedimientos y recursos que en definitiva constituyan un sistema de tutela al cumplimiento del objeto de la ley.<\/p>\n<p class=\"NormalP\">Relevante es la potestad de la Comisi\u00f3n Resolutiva Antidiscriminatoria en cuanto podr\u00e1 disponer las medidas correctivas y reparatorias que estime, a fin de dar protecci\u00f3n a la v\u00edctima y restablecer el imperio del Derecho, incluy\u00e9ndose el auxilio de la fuerza p\u00fablica, si lo estimare necesario, sin perjuicio de las competencias propias de los tribunales ordinarios de justicia.<\/p>\n<p class=\"NormalP\">Cabe hacer notar que este proyecto de ley tipifica las denominadas &#8220;pr\u00e1cticas discriminatorias&#8221; como todos aquellos hechos reiterados durante un cierto tiempo y ejecutados de un modo uniforme en todo el territorio nacional, o en una parte de \u00e9ste, en contra de grupos de personas que posean alguna caracter\u00edstica com\u00fan y que les cause objetivamente la supresi\u00f3n, menoscabo o perturbaci\u00f3n en el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades establecidos por la Constituci\u00f3n y las leyes.<\/p>\n<p class=\"NormalP\">El desaf\u00edo actual es generar las estrategias para que este dise\u00f1o jur\u00eddico llegue a ser ley de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<h2 class=\"NormalH2\">Comentario Final<\/h2>\n<p class=\"NormalP\">Constatado en Chile el fen\u00f3meno discriminatorio mediante diversos estudios efectuados a nivel universitario (Facultad de Sociolog\u00eda de la Universidad de Chile y Escuela de Psicolog\u00eda, Universidad Cat\u00f3lica), de Organizaciones No Gubernamentales (Fundaci\u00f3n Ideas) y de Gobierno (Ministerio Secretar\u00eda General de Gobierno), como tambi\u00e9n la inexistencia de una ley que aborde el tema como un problema pa\u00eds desde una perspectiva general y completa, el trabajo que da cuenta el referido proyecto de ley nos sit\u00faa hoy en el imperativo acad\u00e9mico de dise\u00f1ar, junto a la sociedad civil las estrategias necesarias que permitan culminar este proceso en una legislaci\u00f3n acorde a las perspectivas de desarrollo humano a que aspira nuestra naci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"NormalP\"><strong>*Coordinadora Foro por la No Discriminaci\u00f3n, Facultad de Derecho<\/strong>\u00a0<strong>Universidad Diego Portales<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&#8220;Este proyecto de ley tipifica las denominadas \u00b4pr\u00e1cticas discriminatorias\u00b4 como todos aquellos hechos reiterados durante un cierto tiempo y ejecutados de un modo uniforme en todo el territorio nacional&#8221;.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[6],"tags":[],"class_list":["post-767","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-opinion"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.movilh.cl\/opusgay\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/767","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.movilh.cl\/opusgay\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.movilh.cl\/opusgay\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.movilh.cl\/opusgay\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.movilh.cl\/opusgay\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=767"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.movilh.cl\/opusgay\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/767\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4083,"href":"https:\/\/www.movilh.cl\/opusgay\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/767\/revisions\/4083"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.movilh.cl\/opusgay\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=767"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.movilh.cl\/opusgay\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=767"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.movilh.cl\/opusgay\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=767"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}