Si un joven de 19 años tiene relaciones sexuales consentidas con otro de 17 años, puede ser encarcelado. En cambio, si la relación involucra a personas heterosexuales no hay delito. En Antofagasta un trabajador ya fue sancionado por la ley. Una ley que las minorías sexuales consideran injusta y que hoy luchan por derogar. Para ese hicieron una denuncia ante la ONU.Por A.Z

14 de agosto, 2007 (OpusGay).- Es común en Chile ver como personas heterosexuales menores de 18 años se casan, tienen hijos y ello no constituye ningún delito o signo de reprobación.
Así por ejemplo el 2006 se conoció en la prensa de farándula sobre el matrimonio entre el futbolista Luis “Mago Jiménez y la modelo María José López, concretado cuando ella tenía sólo 17 años.
La realidad de las minorías sexuales es muy distinta, no sólo porque el matrimonio o las uniones civiles entre personas del mismo sexo no está permitida, sino también porque las relaciones sexuales con una persona menor de 18 años pueden significar la cárcel o una severa sanción para la pareja, en especial si es mayor de edad.
Y es que la edad de consentimiento sexual está fijada para los heterosexuales en apenas 12 años y para los homosexuales en 18 años. Ello implica, de acuerdo al artículo 365 del Código Penal, que la penetración entre dos hombres que involucre a un menor de edad es sancionada con reclusión. Y para eso nada importa si la relación fue en un lugar privado y contó con el consentimiento, el amor o el deseo de ambas partes.
Como bien lo indica el 365, quien acceda ” carnalmente a un menor de dieciocho años de su mismo sexo, sin que medien las circunstancias de los delitos de violación o estupro”, puede ser sancionado con la reclusión en su grados mínimos.
La norma es repudiada en Chile por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), pues la considera “injusta y homofóbica. Acá se es delincuente sólo por ser gay, por cuanto los heterosexuales no son sancionados. Esto es una brutal discriminación”.
Una exclusión que la semana anterior ya tuvo, en palabras de Movilh, la “primera víctima conocida públicamente”..
41 DIAS DE PRESIDIO
El pasado 10 de agosto el trabajador J.A.P.L, de 47 años, fue condenado en Antofagasta a 41 días de presidio remitido por tener relaciones sexuales con un joven al que sólo le faltaban 12 días para cumplir la mayoría de edad.
El caso, el primer de su tipo conocido desde que se inició en el 2001 la Reforma Procesal Penal en la II Región, se remonta al 27 de enero anterior, cuando J.A.P.L fue descubierto teniendo relaciones sexuales con el joven en una camioneta estacionada en el kilómetro 8 de la ruta A-26, que conecta a Antofagasta con Calama.
Aunque el menor aclaró que tuvo la relación sexual sin ser presionado y por iniciativa propia, tras conocer a J.A.P.L a través de un chat y haberse juntado con él en dos ocasiones previas, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta decidió de todas formas sancionar al mayor de edad.
En el caso investigado por el Ministerio Público, el fiscal de delitos sexuales Cristián Aguilar pidió una pena de 541 días de presidio. A su juicio J.A.P.L “habría corrompido la moral sexual del menor. Si bien no produjo un daño inmediato podría ocasionársele con posterioridad”.
Sin embargo, la Defensoría Penal Pública, representada en el caso por Cristina Gallegos, logró rebajar la pena a 41 días de presidio remitido, una pena mucho menor a la que había sido solicitada al Tribunal de Juicio Oral integrado por los magistrados Wilfred Zielhmann, Virginia Soublette y Claudia Lewin.
El caso despertó al instante las críticas del Movilh, organismo que en contactos previos a la sentencia con la Defensoría Penal Pública, informó que este año el Comité de Derechos Humanos del Niño de la ONU había expresado su malestar por la vigencia del artículo 365 y la consecuente desigualdad en la edad de consentimiento sexual para homosexuales y heterosexuales.
En efecto en su 44 período de sesiones, celebrado este año, el Comité de los Derechos Humanos del Niño no sólo expresó al Estado de Chile su preocupación porque “las relaciones homosexuales, inclusive entre personas menores de 18 años de edad, se sigan penalizando, lo que supone una discriminación sobre la base de la preferencia sexual “, sino también demandó que de aquí al 2012 tal desigualdad debe ser corregida.
Para el Movilh, toda persona “debe saber que las relaciones sexuales homosexuales con menores de edad en Chile son ilegales, aunque sean consentidas. Por tanto llámanos a ser conscientes de esta realidad y hacerse cargo y responsable de sus consecuencias”.
Añade, sin embargo “que la ilegalidad no es sinónimo de legitimidad y el llamado de atención de la ONU es la prueba más concreta de ello. Esta ley es injusta y homofóbica y se debe combatir no a favor de quienes violentan una norma, sino en beneficio de la igualdad que debe existir para el derecho a amar y desear de todos nuestros jóvenes, sean homosexuales o heterosexuales”.
“No es posible que un joven homosexual se desarrolle con el estigma de ser ilegal sólo por su orientación sexual. Eso es una violación a los derechos humanos” , agrega la organización.
DENUNCIA ANTE LA ONU
Con el objeto de ampliar el debate sobre los derechos de los niños y niñas homosexuales y transexuales y generar condiciones para la derogación del artículo 365, el Movilh denunció ayer “la discriminatoria aplicación de la norma” ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
El objetivo final, es sentar las bases que permitan igualar legalmente la edad de consentimiento sexual entre homosexuales y heterosexuales.
“ Aclaramos que desde la totalidad del movimiento de minorías sexuales, tanto nacional como extranjero, repudiamos, rechazamos y exigimos sanciones contra cualquier abuso sexual, o de otro tipo que afecte a un menor edad“, indicó la denuncia.
Sin embargo, agregó el documento, también “repudiamos que los jóvenes o sus parejas sean calificados de delincuentes sólo por su orientación sexual, pues ello constituye una grave violación a los derechos humanos mal amparada en una ley que claramente no respeta las recomendaciones de prestigiosas instancias internacionales ” y que provoca “serios trastornos en la estabilidad emocional de los menores de edad”.
El Movilh inició además una campaña internacional de repudio a la ley, para lo cual está buscando la adhesión de organizaciones de derechos humanos de diversas partes del mundo. La campaña contempla el envío de una misiva a la Cancillería, donde se le pide que intervenga ante las autoridades locales para derogar el 365 y para prevenir su “aplicación arbitraria en Chile”.
LA HISTORIA DEL 365
Hasta 1998 no sólo eran sancionadas las relaciones sexuales homosexuales con menores de edad. Todo adulto que practicara la sodomía, en espacios públicos y privados, podía ser condenado con hasta 541 días de presidio.
Al respecto el Movilh inició en 1991 una campaña que contempló la recolección de una veintena de firmas parlamentarias y la presentación de una demanda contra el Estado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
La movilización derivó en que mediante la Ley 19.617, entrada en vigencia el 12 de julio de 1999, el artículo 365 pasara sólo a penar las relaciones sexuales homosexuales que involucraran a menores de edad, convirtiéndose el hecho en el más importante triunfo legislativo conseguido a la fecha por el Movimiento.
Con todo, “hoy comprendemos que el triunfo será total cuando los jóvenes tengan los mismos derechos que los heterosexuales. Por eso hemos iniciado esta campaña por la derogación, y ya no sólo enmienda, del artículo 365” , dice el activista del Movilh, Juan Hernández.
De acuerdo a cifras oficiales de Carabineros en el 2004 hubo dos detenciones por sodomía, y aunque en los años posteriores y anteriores no hay informes policiales sobre este tópico, es bien sabido que en los expedientes de tribunales figuran causas por sodomía desde el siglo XVII, concentrándose la mayoría en la segunda mitad del siglo XIV.
Uno de los casos fue el que afectó Belisario González y Ramón Cifuentes en el marco de un proceso desarrollado en Iquique desde el 29 de septiembre de 1884 al 18 de julio de 1885.
Fue un vecino de Cifuentes, Francisco Enríquez, quien denunció la relación sexual que sorprendió a espiarlos por una rendija. Como efecto, la casa de Cifuentes fue allanada por la policía y junto a González fue detenido.
Aunque ambos alegaron que la relación se produjo porque estaban ebrios y argumentaron que habían tenido sexo heterosexual previo, fueron condenados a 541 días de presidio.
El temor era tan grande a reconocer una supuesta homosexualidad que incluso eran los mismos acusados quienes calificaban a su orientación como degradante.
“Tengo la seguridad firme de que, al no haber mediado la embriaguez, jamás y por ningún motivo habría descendido a acción tan degradante, con cuyo solo pensamiento me lleno de vergüenza, dándome como única explicación de haberlo ejecutado el encontrarme ebrio “, indicaba Cifuentes.
Hoy, a más de un siglo, hay menos temor para reconocer la homosexualidad y hay organizaciones que han defendido y promovido la igualdad de derechos hasta alcanzar importante logros.
Sin embargo, puntualiza el Movilh “también a más de un siglo persisten leyes que dañan y afectan la calidad de vida de miles de seres humanos y por eso seguimos luchando”.
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