ORGANIZACIONES SOCIALES SE MOVILIZAN CONTRA PROYECTO DE LEY QUE “CRIMINALIZA” LAS PROTESTAS Y MANIFESTACIONES

La polémica propuesta responsabiliza directamente de todo disturbio a los convocantes u organizadores de una manifestación, aún cuando los actos vandálicos no hubiesen sido provocados por ellos. Desde la sociedad civil, incluida la diversidad sexual, se iniciaron extensas gestiones para impedir el avance de esta norma.Por Alberto Roa

9 de octubre, 2009 (Opusgay.cl).- Ya es común que en algunas marchas, protestas y manifestaciones grupos de personas, generalmente encapuchadas, aprovechen la ocasión para provocar daños a la propiedad pública o privada, en el marco de actos claramente delictivos que enturbian los derechos de libertad y expresión.

Nadie duda de que los delitos merecen sanciones, pero trasladar la responsabilidad penales a los convocantes u organizadores de manifestaciones democráticas que en nada son causantes de los disturbios, constituye para gran parte de los colectivos de derechos humanos, incluidas las minorías sexuales, un atentando contra la libertad de expresión que “criminaliza” las protestas.

Los principales reparos a la norma han provenido de la Asociación Chilena de Organismos No Gubernamentales (Acción), instancia que ha liderado esta lucha, y también del mundo de la diversidad sexual, a través del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), colectivos contrarios al artículo 4 del denominado “Proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales en materia de orden público y establece normas en materia de reuniones públicas”.

Para enfrentar la iniciativa, la sociedad civil ha recolectado firmas y se ha reunido con autoridades, procesos que esperan intensificarse en las próximas en caso de persistir en la idea de sancionar a los organizadores de manifestaciones pacíficas.

EL POLEMICO ARTICULO 4

La propuesta, de cinco artículos fue creada el 21 de noviembre del 2006 por la presidenta Michelle Bachelet e ingresó a tramitación parlamentaria el 12 de enero del 2007. Tras pasar por el Senado fue aprobada por 42 votos a favor y 29 en contra el anterior 13 de agosto en la Cámara de Diputados.

Ahora el proyecto es analizado con urgencia simple por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado y aún cuando el articulo que “criminaliza” las manifestaciones sociales fue “suavizado” en la tramitación de la Cámara, haciéndose modificaciones a la propuesta original del Ejecutivo, para la sociedad civil la norma sigue dañando la libertad de expresión, además de ser inconstitucional.

En efecto, en la primera propuesta se responsabilizaba automáticamente a los convocantes u organizadores de manifestaciones de todo disturbio, mientras que en la segunda se “presume” que sólo lo son sino adoptaron medidas de seguridad

Los organizadores de toda reunión o manifestación pública a realizarse en plazas, calles y otros lugares de uso público, serán responsables del orden en que estas se desarrollen, y deberán adoptar las medidas para el adecuado desarrollo de las mismas”, señalaba la idea original.

Agregaba que “los participantes en reuniones o manifestaciones públicas, que causen daños a la propiedad pública o privada, responderán directamente de ellos. Los organizadores o promotores de reuniones o manifestaciones responderán solidariamente de los daños que los participantes causaren, a menos que hayan puesto todos los medios razonables a su alcance para evitarlos “.

Tras cambios en la tramitación ahora el artículo 4 indica que los “organizadores o convocantes (…) deberán adoptar las medidas de seguridad para el adecuado y pacífico desarrollo” de las reuniones o manifestaciones públicas y se precisa que sólo se presumirá responsabilidad en los disturbios si es que no cumplen “con las obligaciones impuestas por las disposiciones de la policía”.

Para efectos del proyecto serán convocantes u organzanizadores no sólo aquellos que informen de la manifestación a la policía, sino también quienes la divulguen por cualquier medio de comunicación, aún cuando no hicieran el trámite antes las Fuerzas del Orden.

Según el presidente de Acción, Alvaro Ramis, la modificación que experimentó en el Parlamento este polémico articulo es sólo de forma, pero no cambia en nada el fondo.

En primer lugar señala que la disposición es “innecesaria” por cuanto todo permiso para manifestaciones o para celebrar reuniones públicas ya está claramente especificado en un decreto que incluye diversas variables, por tanto, cualquier disturbio posterior no animado por los convocantes u organizadores no puede ser responsabilidad de estos.

Ello también ya está claro en el articulo 19 de la Constitución donde se estipula que “las reuniones en las plazas, calles y lugares de uso público, se regirán por las disposiciones generales de la policía”.

Además, de acuerdo al proyecto de ley, “quien decide finalmente responsabilidades es Carabineros, y nada puede garantizar que esa institución no actúe de mala de fe”, añade Ramis.

Con todo, para Ramis lo más dañino de esta ley es que “inconstitucional”, pues se “subordina” a la Carta Magna, en especifico el inciso 13 del artículo 19 donde se garantiza “el derecho a reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas”.

En concreto, el Proyecto de Ley del Ejecutivo introduce modificaciones al Código Penal, a la Ley 12.927 de Seguridad del Estado, a Ley Sobre Violencia en los Estadios y la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno, Administración y Regional.

Así se busca precisar que cuando en la Ley 12. 927se sancionan atentados contra las autoridades, con ello se hace referencia al “Presidente de la República, Ministros de Estado, Senadores o Diputados, miembros de los Tribunales Superiores de Justicia, Contralor General de la República, Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas o General Director de Carabineros”.

Con la enmienda al articulo 269 del Código Penal se persigue, en tanto, sancionar con pena de presidio en su grado máximo, a quienes provoquen daños a la propiedad pública o privada a rostro cubierto, sanción superior a la primera propuesta del Ejecutivo que hablaba de “pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de 8 Unidades Tributarias mensuales.”

En el articulo referentes a los campeonatos de fútbol se establece un sistema de pérdida de puntajes para los equipos locales que sean responsables de delitos durante la celebración de actos deportivos, mientras que en otra disposición se incrementan las responsabilidades y facultades de orden para el Intendente de la Región Metropolitana.

ACCIONES CONTRA LA LEY Y DIVERSIDAD SEXUAL

Teniendo como contexto un nuevo aniversario del Golpe Militar de 1973, el pasado 11 de septiembre Acción recolectó firmas en contra de la norma en el frontis del Estadio Nacional, mientras que un procedimiento similar ha seguido vía internet.

En forma paralela la Asociación ha iniciado reuniones con diversas autoridades a objeto de vetar el artículo 4 del Proyecto de Ley. Una de esas fue coordinada el pasado miércoles por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), cuyo presidente, Rolando Jiménez, y Ramis, se reunieron con el senador Jaime Gazmuri, quien se comprometió a apoyar la demanda y a interceder frente al Gobierno para ello.

En tanto, este viernes similares gestiones se seguirán con los asesores de la senadora Soledad Alvear, sumándose posteriormente reuniones con más autoridades.

Lo concreto es que estas movilizaciones ya están teniendo efectos positivos para la sociedad civil, pues la diputada Isabel Allende reconoció haberse equivocado al dar su voto positivo al proyecto.

“No puede culparse a la organización de cualquier tipo de manifestación por la llegada de elementos externos o encapuchados“, ha sostenido la parlamentaria.

Para el Movilh el artículo 4 del proyecto de ley es “particularmente dañino. Nuestra organización se manifiesta de manera periódica contra las injusticias, la discriminación, la homofobia y la transfobia y en el último año hemos sido injustamente detenidos por ello. Leyes de este tipo deben proteger a los que se manifiestan pacíficamente de quienes hacen disturbios y no crimininalizalos a través de represiones y arbitrios policiales”.

El Movilh ya ganó una batalla a favor de la libertad de expresión, pues tras encadenarse pacíficamente el pasado 15 de diciembre a la UDI debido a indicaciones homofóbicas presentadas por sus parlamentarios al Congreso Nacional, el colectivo de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales (LGBT) sexual ganó un juicio iniciado por ese partido en contra de la protesta

Así el 26 de marzo anterior el Juez del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, Francisco Valderrama, sobreseyó definitivamente el caso. Declaró como pacifica la protesta del Movilh, descartó que la misma hubiera alterado el orden público, y concluyó que la acción de los activistas, bajo ningún punto de vista, era constitutiva de delito, convirtiéndose este en el primer triunfo de las minorías sexuales a favor de la libertad de expresión.

Igual triunfo consiguió el Movilh cuando luego de manifestarse en marzo pasado en la Cumbre de Líderes Progresistas, que reunió a Jefes de Estado en Viña del Mar, Carabineros intentó iniciar un nuevo juicio contra el colectivo de la diversidad sexual, pero la fiscalía determinó que ello era improcedente.

Pese al triunfo, estuvimos detenidos siete horas en un calabozo, sin que existiera un delito de por medio. Entonces Carabineros no puede reguardar la libertad de expresión, y es por eso que el articulo 4 del proyecto de ley sobre manifestaciones es un claro peligro, un peligro que debe erradicarse”, puntualizó el activista del Movilh, Juan Hernández.

Notas relacionadas:

CRONOLOGIA DE UN ABUSO CONTRA ACTIVISTAS LGTB

MINORIAS SEXUALES GANAN HISTORICO JUICIO QUE BENEFICIA A LA DEMOCRACIA, LA LIBERTAD DE EXPRESION Y LA NO DISCRIMINACION